viernes, 25 de mayo de 2007

ESTATUTOS Capítulo I a Capítulo V

ESTATUTOS DE
LA COORDINADORA NACIONAL DE ESTUDIANTES Y PASANTES DE FILOSOFÍA A. C. CONEFI A. C.

CAPÍTULO I
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES.

ART.- 1 La Coordinadora Nacional de Estudiantes y Pasantes de Filosofía A. C. es una persona jurídica. Se denominará por el acrónimo CONEFI o por su nombre completo, seguido de las siglas A. C. esta asociación estará regida por los presentes estatutos así como por lo establecido en los artículos 25 fracción VI así como por el Titulo Décimo Primero del Código Civil para el Distrito Federal.

ART.- 2 El domicilio de la CONEFI A. C. Estará ubicado en 16 de septiembre 57 Ote. Altos Patio Barroco, Centro Histórico en la ciudad de Santiago de Querétaro, Qro. C. P. 7600.

ART.- 3 La CONEFI A. C. tendrá una duración indefinida, en caso de su disolución se tendrá que someter a votación en Asamblea Plenaria.

CAPÍTULO II
DE LA NATURALEZA Y OBJETIVOS

ART.- 4 Naturaleza: La CONEFI A. C. es una asociación mexicana autogestiva e ideológicamente plural, independiente de los grupos de poder académico y político internos o externos de las universidades a las que pertenecen sus socios, los cuales son fundamentalmente estudiantes y pasantes de filosofía.

ART.-5. La CONEFI A. C. es una asociación apolítica y/o apartidista; en ningún momento, bajo ninguna circunstancia deberá o podrá manifestarse, afiliarse, adherirse y/o pronunciarse en cualquier sentido, intención o condición de partido, organización, agrupación, secta, club, candidato, planilla o fórmula alguna de carácter político. Asimismo es ajena a cualesquier iglesia, secta o creencia religiosa, tanto en sus fines como en sus prácticas.

ART.-6 OBJETO SOCIAL. El objeto de la Asociación es:
La dignificación, honra y superación de todas y cada una de las facetas que integran el quehacer filosófico de los estudiantes y pasantes de la Licenciatura en Filosofía.
a) La solidaridad, asistencia y fraternidad entre los socios, tanto en el ámbito filosófico como en el personal.
b) La observación y difusión de las publicaciones y lectura de ensayos que realicen tanto los socios como los estudiantes de la Licenciatura en Filosofía de las distintas universidades.
c) La promoción, desarrollo, difusión, obtención, impartición y participación de y en todo tipo de eventos científicos, académicos y culturales.
d) Fomentar el intercambio académico entre los estudiantes y pasantes de filosofía y de otras disciplinas afines a nivel regional y nacional.
e) Crear espacios para la difusión amplia de la filosofía mediante mecanismos concretos como la realización de Encuentros Nacionales, Regionales y Locales de Estudiantes y Pasantes de Filosofía, publicaciones, etc., fomentando el diálogo respetuoso y constructivo.
f) Crear espacios de formación académica con validación oficial como cursos, talleres, seminarios, diplomados, conferencias, etc.
g) Brindar opciones de servicio social en CONEFI A. C. a sus asociados o en otras instituciones, realizando las gestiones pertinentes con dicha finalidad.
h) Fomentar los vínculos y gestiones con instituciones de educación superior, centros de investigación, asociaciones civiles y organizaciones no gubernamentales con el fin de realizar convenios interinstitucionales en la búsqueda del intercambio académico.
i) La edición, publicación, distribución y promoción, en cualquiera de las formas y medios, de los trabajos, estudios, ensayos, investigaciones, obras, libros, proyectos, tesis y tesinas generados y autorizados por los socios.
j) La adquisición en propiedad, comodato, usufructo o arrendamiento, de toda clase de bienes muebles o inmuebles, necesarios para la obtención de sus fines sociales.

ART.- 7 CAPITAL SOCIAL. El capital social de la Asociación lo constituye:
a) El importe de las cuotas ordinarias y extraordinarias que cada socio aporte.
b) El valor que representen los bienes de su propiedad.
c) El valor que represente el usufructo de los bienes que al concepto detente.
d) El importe de las aportaciones en especie o cuantía que aporte cualquier persona ya sea física o moral.
e) CONEFI A. C. tiene autonomía para realizar actividades autogestivas.

CAPÍTULO III
DE LA ORGANIZACIÓN

ART.- 8. De la organización de la CONEFI A. C: La Coordinadora Nacional de Estudiantes y Pasantes de Filosofía está constituida por socios los cuales se agrupan por secciones y que para su gobierno se organizan en dos instancias denominadas Consejo y Mesa Directiva.

ART.- 9. La asamblea plenaria estará constituida por todos los socios activos de CONEFI A. C. bajo convocatoria del Consejo.

ART.- 9 BIS. La asamblea plenaria estará facultada para atestiguar la toma de protesta de la Mesa Directiva y para determinar la disolución de CONEFI A. C. y otras decisiones que el Consejo considere convenientes.

ART.- 10 El Consejo es el órgano supremo de la CONEFI A. C. y tiene personalidad jurídica ante cualquier problema que se pudiese presentar por medio de los integrantes de la Mesa Directiva.

ART.- 10 BIS. El Consejo estará integrado por los Delegados debidamente acreditados.

Art.- 11. La Mesa Directiva está integrada por Presidente, Secretario y Tesorero.

CAPÍTULO IV
DE LOS SOCIOS
ART.- 12. Los socios pueden ser activos, observadores, invitados, fundadores y honorarios.
ART.- 13. Para ser socio activo de la Coordinadora Nacional de Estudiantes y Pasantes de Filosofía A. C. se requiere:
a) Presentar solicitud por escrito ante la Mesa Directiva de la Coordinadora Nacional de Estudiantes y Pasantes de Filosofía A. C. por conducto de sus Delegados.
b) Haber realizado su donación anual.
ART.- 14. Socios activos: Son todos aquellos estudiantes y pasantes de la licenciatura en Filosofía o licenciaturas afines que soliciten su ingreso y hallan sido aceptados como tales por el Consejo de la CONEFI A. C. sobra decir que deberán aceptar los principios, objetivos y formas de organización establecidas en estos estatutos.

ART.- 15. Socios observadores: Son aquellos titulados de la licenciatura en Filosofía que deseen permanecer en la CONEFI A. C. así como los egresados de otras carreras que quieran integrarse a la CONEFI A. C., e incluso aquellos que no se encuentren inscritos en ningún programa de estudios.

ART.-16. Socios honorarios: El título de “socio honorario” es un reconocimiento que la Consejo otorga a personas externas a la CONEFI A. C. o ex socios cuya labor a favor de los objetivos de la CONEFI A. C. amerite tal reconocimiento.
ART.- 17. Socios fundadores: Todos aquellos cuyo nombre y firma aparecen en los estatutos y acta constitutiva de la CONEFI A. C.

CAPÍTULO V
DE LOS DERECHOS Y
OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS.
ART.- 18. Son derechos de los socios activos:
a) Vigilar que los donativos, así como los demás ingresos que tenga CONEFI A. C. sean destinados a los objetivos establecidos pudiendo, para este efecto, examinar los libros de contabilidad y demás documentos de la misma.
b) Presentar iniciativas y sugerencias a la Mesa Directiva.
c) Acudir a los Encuentros Nacionales, Regionales y Locales en calidad de ponente y/o asistente con las prerrogativas que otorgue la CONEFI A. C.
d) Acceder a los distintos foros de discusión, así como a las actividades académicas que la CONEFI A. C. promueva u organice.
e) Asistir a las asambleas convocadas con voz y voto de acuerdo a la mecánica especificada en estos estatutos.
f) Ser votado conforme a los requisitos especificados en los presentes estatutos para los puestos directivos de la CONEFI A. C.
g) Colaborar con las actividades que organiza la CONEFI A. C.
h) Es su derecho elegir a los Delegados de su Sección.
i) Formar parte de las diferentes comisiones permanentes y provisionales de CONEFI A. C.

ART.- 19. Son obligaciones de los socios activos:
a) Asistir regularmente a las asambleas convocadas por el Consejo y la Mesa Directiva, así como a las convocadas por los Delegados de su Sección como lo establecen estos Estatutos.
b) Cumplir los acuerdos generados en el Consejo.
c) Cumplir con el donativo anual de un salario mínimo del Distrito Federal con el fin de incrementar la economía y sustento de esta Asociación Civil.
d) Contribuir al sostenimiento de la CONEFI A. C. con los donativos y aportaciones extraordinarias que el Consejo determine.
e) Colaborar para que la CONEFI A. C. cumpla sus objetivos participando regularmente en las actividades del plan de trabajo y acuerdos que el Consejo establezca.
f) Desempeñar los cargos y nombramientos para los cuales fueren electos y las comisiones que se les encomendaren.
g) En caso de pretender modificar su status como socio presentar una solicitud por escrito al Consejo en la cual se expongan los motivos

ART.- 20. Son derechos de los socios observadores, honorarios y fundadores:
a) Asistir a las asambleas con voz y sin voto.
b) Asesorar profesionalmente a los socios de CONEFI A. C.

ART.- 21. Son obligaciones de los socios observadores las que se señalan en el artículo 19 para los socios activos bajo las siguientes modificaciones:
a) Quedan exentos de las obligaciones que marca el Artículo 19 en su inciso a).

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